MÔs investigación, menor impacto de las enfermedades cerebrales
Actualmente la financiación pública para la investigación es insuficiente para poder afrontar todos los ambiciosos retos y metas que las personas que nos dedicamos a esta labor, tenemos y nos autoimponemos, para llegar a comprender mejor las enfermedades cerebrales y poder asà combatirlas con eficacia y eficiencia.
De ahĆ que necesitemos informar debidamente a la sociedad sobre la importancia de realizar contribuciones voluntarias y desinteresadas, que nos permitan movilizar mĆ”s y mejores recursos en la bĆŗsqueda de terapias para las enfermedades neurodegenerativa y autoinmunes del cerebro, como el Alzheimer, Parkinson, Esclerosis MĆŗltiple,… por mencionar sólo algunas.
AYUDAR A ACHUCARRO
Achucarro Basque Center for Neuroscience Fundazioa, el centroĀ ACHUCARRO, es una institución de investigación de vanguardia en el campo de las neurociencias. Desde su constitución en 2012, poniendo en valor e incorporando el talento de personas y grupos de investigación que ya estaban en nuestro sistema cientĆfico y acadĆ©mico,Ā ACHUCARROĀ ha conseguido crear un proyecto de investigación cientĆfica de excelencia que es ya reconocido por su original y prometedor enfoque temĆ”tico en el estudio de las interacciones entre las neuronas y la glĆa.
Nuestro objetivo principal, que se resume en nuestro lema, es avanzar en el conocimiento del cerebro y en la transferencia de los avances cientĆficos mĆ”s fundamentales al Ć”mbito clĆnico, para contribuir a prevenir, diagnosticar y tratar, mĆ”s y mejor, las enfermedades cerebrales.
COLABORADORAS/ES
Si su empresa estÔ interesada en colaborar con un proyecto social en relación con la investigación en neurociencias, ACHUCARRO cuenta con multitud de proyectos de investigación en enfermedades del cerebro, o la posibilidad de dotar contratos y becas, para apoyar y favorecer la los objetivos de nuestro centro.También las actividades de difusión y sensibilización son susceptibles de recibir ayuda adicional de particulares, empresas e instituciones.
El apoyo a nuestros proyectos, becas/contratos o a las actividades de difusión son una gran inversión para personas o empresas dispuestas a trasladar su compromiso con la sociedad, mediante la investigación cientĆfica de vanguardia sobre el cerebro.
CĆMO PROCEDER
Póngase en contactoĀ con nosotras/os, y juntas/os podremos diseƱar su forma particular y especĆfica para poder apoyar tanto nuestras/os objetivos generales, como cosas mĆ”s especĆficas, o proyectos en un Ć”rea o enfermedad concreta, o la formación de investigadoras/es, o… en fin, hablemos!
BENEFICIOS FISCALES
Según establece la Ley 49/2002, 23 de diciembre, de régimen fiscal de entidades sin Ônimo de lucro e incentivos fiscales al mecenazgo, las deducciones fiscales aplicables a las donaciones directas a favor de ACHUCARRO son las siguientes
- DONACIONES DE PARTICULARES
Deducción en la cuota Ćntegra del Impuesto sobre la Renta de las Personas FĆsicas (IRPF) del 25% del importe de la donación. La deducción aplicada no podrĆ” exceder del 10% de la base imponible del perĆodo del contribuyente. Por el exceso no se podrĆ” aplicar deducción.. - DONACIONES DE ORGANIZACIONES O EMPRESAS
Deducción en la cuota Ćntegra del Impuesto sobre Sociedades (IS) del 35% del importe de la donación. La base de esta deducción no podrĆ” exceder del 10% de la base imponible del perĆodo. Sin embargo, el exceso se podrĆ” aplicar en los perĆodos impositivos que concluyen a los 10 aƱos siguientes. - DONACIONES DE NO-RESIDENTES
Deducción de la cuota Ćntegra del Impuesto sobre la Renta de No Residentes (INRN) del 25% del importe de la donación. La base de esta deducción no podrĆ” exceder del 10% de la base imponible del conjunto de las declaraciones presentadas en ese plazo.
La base de las deducciones por donativos, donaciones y aportaciones: En el supuesto de donativos dinerarios, su importe. En los donativos o donaciones de bienes o derechos, el valor contable que tuvieran en el momento de la transmisión y, en su defecto, el valor determinado conforme a las normas del Impuesto sobre el Patrimonio.